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  • Autoescuela 4 Caminos

Infracciones Que Quitan PUNTOS

Superar el límite de velocidad:

Pérdida de 3 puntos

  • Realizar cambios de sentido incumpliendo la Ley de Seguridad Vial.
  • Conducir sin cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil.
  • Conducir sin casco o con casco no homologado.
  • Conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención.
  • Conducir utilizando manualmente el móvil o manipulando el navegador o GPs.
  • Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Pérdida de 4 puntos

  • Conducir con el permiso de conducción suspendido o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Conducir un vehículo sin el permiso o la licencia adecuada.
  • Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25 y hasta 0,50 mg/l de aire espirado (entre 0,15 y 0,30 mg/l para los profesionales y titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso).
  • Arrojar objetos peligrosos a la vía (que puedan provocar incendios, accidentes…) u obstaculizar la circulación.
  • No respetar las prioridades de paso y no detenerse ante un stop o semáforo en rojo. No respetar las señales del agente de Tráfico.
  • Adelantar poniendo en peligro a quienes circulen en sentido contrario o en circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas.
  • No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

Pérdida de 6 puntos

  • Conducir con una tasa de alcohol de más de 0,50 mg/l, o bajo los efectos de drogas y estimulantes (0,30 mg/l para profesionales y titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso).
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
  • Circular en sentido contrario.
  • Conducir de forma temeraria o participar en carreras de vehículos no autorizadas.
  • El exceso en más del 50% los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% de los tiempos de descanso, cuando se es transportista.
  • Alterar el funcionamiento del tacógrafo o limitador de velocidad.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.